Df 3 Títulos profesionale...r pesquero

Df 3 Títulos profesionales del sector pesquero

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D.F. 3ª. Facultad de desarrollo.

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Se autoriza al Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para dictar las disposiciones que sean precisas para el desarrollo de este real decreto, así como, a efectuar las modificaciones que se estimen convenientes en el contenido de los anexos al mismo cuando las modificaciones se lleven a cabo para adaptarlos a la normativa internacional.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-02-2014 en vigor desde 18-02-2014