Df 3 Relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y, de acuerdo con lo establecido en el apartado 5 de la disposición adicional trigésima novena de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, surtirá efectos desde el 1 de enero de 2012.
Dado en Madrid, el 14 de noviembre de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Trabajo e Inmigración,
VALERIANO GÓMEZ SÁNCHEZ
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-11-2011 en vigor desde 18-11-2011