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Df 3 proteccion de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo electrico

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D.F. 3ª. Entrada en vigor.

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El presente Real Decreto entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» .

Dado en Madrid a 8dejunio de 2001. JUAN CARLOS R.

El Ministro de la Presidencia, JUAN JOSÉ LUCAS GIMÉNEZ