Df 3 Programa de empleo con apoyo
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
(NOTA: Se reitera lo establecido en relación con dejar sin efecto la previsión de derogación del presente real decreto por el Real Decreto-ley 3/2011, de 18 de febrero, y se le da el carácter de medida estatal en el marco de la Estrategia Española de Empleo 2012-2014.)
Dado en Madrid, el 2 de julio de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, JESÚS CALDERA SÁNCHEZ-CAPITÁN.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.F. 3ª (se deja sin efecto la previsión de derogación)) por Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
(BOE de 07-07-2012) en vigor desde 08-07-2012 - Modificación realizada (D.F. 3ª (se deja sin efecto la previsión de derogación)) por Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
(BOE de 11-02-2012) en vigor desde 12-02-2012 - Artículo modificado por Real Decreto-ley 3/2011, de 18 de febrero, de medidas urgentespara la mejora de la empleabilidad y la reforma de laspolíticas activas de empleo.
(BOE de 19-02-2011) en vigor desde 20-02-2011