Df 3 Normas 2024 de cotización
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 3.ª Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con efectos desde el día 1 de enero de 2024.
Madrid, 29 de enero de 2024.- El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños García.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-01-2024 en vigor desde 31-01-2024