Df 3 Medidas 1998 Fiscales, Administrativas y del Orden Social
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»D.F. 3ª. Impuesto sobre la electricidad.
El apartado uno de la disposición transitoria undécima de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, queda redactado como sigue:
«Uno. En el contexto del proceso de armonización comunitaria de la fiscalidad sobre los productos energéticos, el Gobierno adoptará, en su caso, las iniciativas necesarias para que el Impuesto sobre la Electricidad se configure como un gravamen específico exigido en relación a la cantidad de energía eléctrica suministrada.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-1998 en vigor desde 01-01-1999