Df 3 Ley del Registro Civil
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»D.F. 3ª. Reforma del Código Civil.
Se modifica el artículo 30 del Código Civil, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 30.
La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-07-2011 en vigor desde 23-07-2011