Df 3 Evaluación ambiental
D.F. 3ª. Modificación de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional:
(NOTA: Esta disposición se declara, con el alcance establecido en el fundamento jurídico 5 de la Sentencia 13/2015, de 5 de febrero de 2015, inconstitucional y nula)
Uno. Se modifica la disposición adicional tercera, que pasa a tener la siguiente redacción:
«En cuanto a las transferencias de agua aprobadas desde la cabecera del Tajo, se considerarán aguas excedentarias todas aquellas existencias embalsadas en el conjunto de Entrepeñas-Buendía que superen los 400 hm3. Por debajo de esta cifra no se podrán efectuar trasvases en ningún caso.
Este volumen mínimo podrá revisarse en el futuro conforme a las variaciones efectivas que experimenten las demandas de la cuenca del Tajo, de acuerdo con los principios de eficiencia y sostenibilidad, de forma que se garantice en todo caso su carácter preferente, y se asegure que las transferencias desde cabecera nunca puedan suponer un límite o impedimento para el desarrollo natural de dicha cuenca.»
Dos. Se introduce una nueva disposición adicional decimoquinta, con la siguiente redacción:
«Disposición adicional decimoquinta.
Se llevarán a cabo con carácter de urgencia, y de acuerdo con criterios de viabilidad, las obras previstas en el Anexo al Plan Hidrológico Nacional que aún no hayan sido ejecutadas y que permitan a Castilla-La Mancha utilizar la infraestructura del trasvase Tajo-Segura, así como los recursos correspondientes que tenga asignados y reservados.»
- Artículo modificado por Pleno. Sentencia 13/2015, de 5 de febrero de 2015. Recurso de inconstitucionalidad 1399-2014. Interpuesto por las Cortes de Aragón en relación con diversos preceptos de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Competencias sobre aguas: nulidad de los preceptos legales aprobados sin solicitar la emisión del informe, previsto en el Estatuto de Autonomía de Aragón, respecto de cualquier propuesta de obra hidráulica o de transferencia de aguas que afecte al territorio de esta Comunidad Autónoma (STC 110/2011).
(BOE de 02-03-2015) en vigor desde 05-02-2015