Df 3 Entidades de Capital-Riesgo y sus sociedades gestoras
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
(DEROGADO)
La presente Ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» .
Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Madrid, 5 de enero de 1999.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno, JOSÉ MARÍA AZNAR LÓPEZ
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 25/2005, de 24 de noviembre, reguladora de las entidades de capital-riesgo y sus sociedades gestoras.
(BOE de 25-11-2005) en vigor desde 25-12-2005