Df 28 Ley Concursal

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D.F. 28ª. Reforma de la Ley de Contrato de Seguro.

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El artículo 37 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, queda redactado de la forma siguiente:

"Las normas de los artículos 34 a 36 se aplicarán en caso de muerte del tomador del seguro o del asegurado y, declarado el concurso de uno de ellos, en caso de apertura de la fase de liquidación."

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-07-2003 en vigor desde 01-09-2004