Df 2 Uniones de Hecho

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D.F. 2ª. Entrada en vigor

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La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley que la cumplan, y a los Tribunales y Autoridades que corresponda, la guarden y la hagan guardar.

Madrid, a 19 de diciembre de 2001. El Presidente, ALBERTO RUIZ- GALLARDÓN

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-01-2002 en vigor desde 04-01-2002