Df 2 Protección a las Familias Numerosas

Df 2 Protección a las Familias Numerosas

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.F. 2ª. Desarrollo reglamentario.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se faculta al Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación, desarrollo y ejecución de esta ley, teniendo en cuenta, a efectos de los beneficios otorgados a las familias numerosas, las categorías en que éstas se encuentren clasificadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 4 y las rentas de las unidades familiares en relación con el número de miembros de éstas.

Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.

Madrid, 18 de noviembre de 2003.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno, JOSÉ MARÍA AZNAR LÓPEZ

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-11-2003 en vigor desde 09-12-2003