Df 2 Ley del Estatuto del trabajo autónomo
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»D.F. 2ª. Desarrollo de derechos en materia de protección social.
Con carácter progresivo se llevarán a cabo las medidas necesarias para que, de acuerdo con los principios que inspiran esta Ley, se logre la convergencia en aportaciones y derechos de los trabajadores autónomos en relación con los establecidos para los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-07-2007 en vigor desde 12-10-2007