Df 2 Funcionamiento del T...de Cuentas

Df 2 Funcionamiento del Tribunal de Cuentas

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DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.

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Dentro del plazo de tres meses, contados desde el día de la entrada en vigor de la presente Ley, el Pleno del Tribunal remitirá a la Comisión Mixta Congreso-Senado para las relaciones con el Tribunal de Cuentas, para su conocimiento, un proyecto de Reglamento de régimen interior. Dicha remisión se llevará a cabo, en los mismos términos, cuando se proceda, en su caso, a ulteriores modificaciones de dicho reglamento.

 

Por tanto, mando a todos los españoles, particulares y autoridades que guarden y hagan guardar esta Ley.

Palacio de la Zarzuela, Madrid

- Juan Carlos R. -

 

El Presidente del Gobierno,
Felipe González Márquez

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-04-1988 en vigor desde 07-04-1988