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Df 2 Derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil

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D.F. 2ª. Entrada en vigor.

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La presente Ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el « Boletín Oficial del Estado» , con excepción de lo previsto en el apartado tercero de la Disposición Adicional cuarta, que entrará en vigor el mismo día de la constitución del Consejo de la Guardia Civil.

Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley orgánica.

Madrid, 22 de octubre de 2007.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ ZAPATERO

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-10-2007 en vigor desde 12-11-2007