Df 19 Mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social
D.F. 19ª. Título competencial.
1. Las modificaciones de textos legales contenidas en esta ley se amparan en el título competencial establecido en la norma objeto de modificación.
2. Los artículos 4 y 7 se dictan al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.14.ª de la Constitución Española que atribuye al Estado la competencia en materia de Hacienda general.
3. El artículo 8 y la disposición transitoria segunda se dictan al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.17.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre el régimen económico de la Seguridad Social.
4. Las disposiciones adicionales primera a quinta y la disposición transitoria primera se dictan al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.6.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación mercantil y de legislación procesal, sin perjuicio de las necesarias especialidades que en este orden se deriven de las particularidades del derecho sustantivo de las Comunidades Autónomas.
5. La disposición adicional sexta se dicta al amparo de los artículos 149.1.7.ª y 18.ª de la Constitución Española.
- Modificación realizada (D.F. 19ª. ) por Corrección de errores de la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social.
(BOE de 11-12-2015) en vigor desde 30-07-2015 - Texto Original. Publicado el 29-07-2015 en vigor desde 30-07-2015