Df 14 General de Sanidad
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»D.F. 14ª
Se establecerán las modalidades de determinación y actualización de los niveles o valores admisibles de los factores de nocividad de origen químico, físico, biológico y psicológico.
Se autoriza al Gobierno para modificar los mecanismos de protección sanitaria de los diferentes regímenes públicos existentes, acomodándolos a los principios establecidos en la presente Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-04-1986 en vigor desde 19-05-1986