Df 1 Protección a las Familias Numerosas
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»D.F. 1ª. Habilitación competencial.
Esta ley, que, de acuerdo con lo previsto en los artículos 39 y 53 de la Constitución, define las condiciones básicas para garantizar la protección social, jurídica y económica de las familias numerosas, resulta de aplicación general al amparo del artículo 149.1.1. a , 7. a y 17. a de la Constitución. Se exceptúan de lo anterior los artículos 11 a 16, ambos inclusive, que resultan sólo de aplicación directa en el ámbito de la Administración General del Estado.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-11-2003 en vigor desde 09-12-2003