Df 1 Plan General de Contabilidad

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D.F. 1ª. Habilitación para la aprobación de adaptaciones sectoriales.

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El Ministro de Economía y Hacienda, a propuesta del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, aprobará mediante orden ministerial las adaptaciones sectoriales del Plan General de Contabilidad. Estas adaptaciones sectoriales se elaborarán tomando en consideración las características y naturaleza de las actividades del sector concreto de que se trate, adecuándose al mismo tanto las normas de registro y valoración, como la estructura, nomenclatura y terminología de las cuentas anuales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-11-2007 en vigor desde 01-01-2008