Df 1 Ley del Mercado de Valores
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»D.F. 1ª. Título competencial.
El texto refundido de la Ley del Mercado de Valores se dicta de conformidad con lo previsto en el artículo 149.1.6.ª, 11.ª y 13.ª de la Constitución Española, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva sobre legislación mercantil, bases de la ordenación de crédito, banca y seguros, y bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, respectivamente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-10-2015 en vigor desde 13-11-2015