Df 1 Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 1ª.
Se faculta al Gobierno para que, a propuesta del Ministro de Justicia y, en su caso, conjuntamente con los Ministros competentes por razón de la materia, dicte las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en la presente Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-11-1992 en vigor desde 13-11-1992