Ddt única Competencia desleal
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»D.DT. Única.
A la entrada en vigor de esta Ley, quedarán derogados los artículos 87, 88 y 89 de la Ley 32/1988 de 10 de noviembre de Marcas.
Asimismo, quedarán derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Ley.
Por tanto, mando a todos los españoles, particulares y autoridades que guarden y hagan guardar esta Ley.
Madrid, 10 de enero de 1991.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno
FELIPE GONZÁLEZ MÁRQUEZ
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-01-1991 en vigor desde 31-01-1991