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Ddt �nica Reglamento del impuesto sobre la renta de las personas físicas -IRPF-

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D.DT. Única. Derogación normativa.

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1. A la entrada en vigor del presente Real Decreto quedarán derogadas todas las disposiciones que se opongan a lo establecido en el mismo. En particular, quedarán derogadas:

1.º El Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el artículo único del Real Decreto 1775/2004, de 30 de julio.

2.º Las disposiciones transitorias primera, segunda y tercera del Real Decreto 1576/2006, de 22 de diciembre.

2. No obstante lo previsto en el apartado anterior, conservarán su vigencia el Real Decreto 2146/2004, de 5 de noviembre, por el que se desarrollan las medidas para atender los compromisos derivados de la celebración de la XXXII edición de la Copa del América en la ciudad de Valencia, así como las normas reglamentarias de inferior rango al presente Real Decreto que no se opongan al mismo en tanto no se haga uso de las habilitaciones en él previstas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-03-2007 en vigor desde 01-04-2007