Ddt 2 General de Sanidad
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»D.DT. 2ª
Quedan degradadas al rango reglamentario cualesquiera disposiciones que, a la entrada en vigor de la presente Ley, regulen la estructura y funcionamiento de instituciones y organismos sanitarios, a efectos de proceder a su reorganización y adaptación a las previsiones de esta Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-04-1986 en vigor desde 19-05-1986