Da 9 Medidas 1998 Fiscales, Administrativas y del Orden Social
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»D.A. 9ª. Plazo de adaptación de estatutos de Fundaciones.
Las Fundaciones que no hayan adaptado sus estatutos a la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, según establece el número 1 de su Disposición Transitoria Segunda, podrán hacerlo en el plazo de dos años, contado a partir de la entrada en vigor de la presente disposición.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-1998 en vigor desde 01-01-1999