Da 9 Ley Orgánica de Extranjería
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»D.A. 9ª. Autorizaciones autonómicas de trabajo en origen.
En el marco de los procedimientos de contratación colectiva en origen, las comunidades autónomas con competencias ejecutivas en materia de autorizaciones de trabajo podrán establecer servicios que faciliten la tramitación de los correspondientes visados ante los consulados españoles, así como promover el desarrollo de programas de acogida para los trabajadores extranjeros y sus familias.
Modificaciones
- Modificación realizada (Articulo historico) por Ley Organica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley Organica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integracion social.
(BOE de 12-12-2009) en vigor desde 13-12-2009 - Texto Original. Publicado el 12-01-2000 en vigor desde 13-12-2009