Da 8 Relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud
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»D.A. 8ª. Especialistas en formación miembros de las Fuerzas Armadas.
Este real decreto no será de aplicación a los especialistas en formación miembros de las Fuerzas Armadas, que se formen tanto en plazas de la red sanitaria militar como del resto de la red sanitaria, a los que les seguirá siendo de aplicación su normativa específica.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-10-2006 en vigor desde 08-10-2006