D.A. 7ª.
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La Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital informará a la Conferencia Sectorial para asuntos de Seguridad Nacional de las resoluciones denegatorias de la autorización prevista en los artículos 9.2.c) y 10.2.c) de esta ley, que, en su caso, se hayan dictado en el plazo máximo de tres meses desde la adopción de la citada resolución.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 7ª (se añade)) por Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones.
(BOE de 29-06-2022) en vigor desde 30-06-2022 - Texto Original. Publicado el 02-10-2015 en vigor desde 30-06-2022