Da 51 Ley del Impuesto so...cas -IRPF-

D.A. 51ª. Exención por daños personales.

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D.A. 51ª. Exención por daños personales.

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(NOTA: Disposición con efectos desde el 31 de marzo de 2022 y ejercicios anteriores no prescritos)

Estarán exentas de este Impuesto las cantidades percibidas por los familiares de las víctimas del accidente del vuelo GWI9525, acaecido el 24 de marzo de 2015, en concepto de responsabilidad civil, así como las ayudas voluntarias satisfechas a aquéllos por la compañía aérea afectada o por una entidad vinculada a esta última.

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