Da 5 Desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional
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»D.A. 5ª. No afectación de la legislación de extranjería.
Lo dispuesto en la presente Ley se entiende sin perjuicio del cumplimiento de la normativa sobre entrada, permanencia, trabajo y establecimiento de los extranjeros en España.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-11-1999 en vigor desde 01-12-1999