Da 49 Actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social
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»D.A. 49ª. Protección social de los actores de doblaje.
El Ministerio de Trabajo e Inmigración presentará, en el plazo de un año, un estudio a fin de garantizar el encuadramiento en la Seguridad Social de los actores de doblaje, más adecuado a sus características profesionales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-08-2011 en vigor desde 01-01-2013