Da 4 Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud
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»D.A. 4ª. Nombramientos eméritos.
Los Servicios de salud podrán nombrar, con carácter excepcional, personal emérito entre licenciados sanitarios jubilados cuando los méritos relevantes de su currículo profesional así lo aconsejen.
El personal emérito desempeñará actividades de consultoría, informe y docencia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-12-2003 en vigor desde 18-12-2003