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Da 4 Acción y del Servicio Exterior del Estado

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D.A. 4ª. Informe sobre el personal laboral en el exterior.

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En el plazo de doce meses desde la entrada en vigor de la ley, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, previa consulta con los departamentos ministeriales con personal laboral en el exterior, elaborará un informe sobre la situación, condiciones y régimen aplicable del personal laboral en el exterior, a fin de optimizar y ordenar la gestión de los recursos humanos en el exterior de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos. Para la elaboración del informe, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas podrá solicitar la colaboración de los departamentos ministeriales afectados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-03-2014 en vigor desde 27-03-2014