Da 30 Medidas 1998 Fiscales, Administrativas y del Orden Social
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»D.A. 30ª. Transferencia de autorizaciones administrativas, licencias y concesiones en materia de electricidad.
Las autorizaciones administrativas, licencias y concesiones de cualquier clase de que fueran titulares las entidades que a la entrada en vigor de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico realizaran actividades eléctricas se entenderán transferidas a las sociedades que deban constituirse de conformidad con la exigencia de separación establecida en el artículo 14 de la citada Ley, así como a las que con carácter previo e instrumental puedan constituirse para la configuración definitiva de los grupos de sociedades que, conforme a lo previsto en la citada Ley, desarrollen actividades reguladas y no reguladas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-1998 en vigor desde 01-01-1999