Da 3 Régimen de las empresas de inserción
D.A. 3ª. Evaluación y seguimiento del cumplimiento de la norma.
Los Servicios Públicos de Servicios Sociales y los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas ejercerán la competencia de evaluar, coordinar y velar por el cumplimiento de los fines previstos en esta norma respecto a las empresas de inserción en su ámbito territorial y competencial.
El Consejo para el Fomento de la Economía Social, creado por Ley 27/1999, de 16 de julio, de cooperativas y regulado por el Real Decreto 219/2001, de 2 de marzo, adoptará, entre sus competencias, las de coordinar y velar por el cumplimento de los fines previstos en esta norma.
Asimismo, corresponderá al Consejo General del Sistema Nacional de Empleo, establecido en la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, la coordinación y evaluación del cumplimiento de esta norma en el ámbito de sus competencias y funciones.
- Modificación realizada (D.A. 3ª (se corrige)) por CORRECCION de errores de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulacion del regimen de las empresas de insercion.
(BOE de 19-02-2008) en vigor desde 13-01-2008 - Texto Original. Publicado el 14-12-2007 en vigor desde 13-01-2008