Da 3 Ley del Registro Civil
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»D.A. 3ª. Expedientes de nacionalidad por residencia.
Las solicitudes de adquisición de nacionalidad española por residencia se iniciarán y tramitarán por los órganos de la Administración General del Estado que determine el Gobierno mediante Real Decreto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-07-2011 en vigor desde 30-06-2020