Da 3 Impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público
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»D.A. 3ª. Formato de la factura electrónica y sus efectos tributarios.
La factura electrónica prevista en esta Ley y su normativa de desarrollo será válida y tendrá los mismos efectos tributarios que la factura en soporte papel. En particular, podrá ser utilizada como justificante a efectos de permitir la deducibilidad de la operación de conformidad con la normativa de cada tributo y lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-12-2013 en vigor desde 17-01-2014