Da 3 Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal
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»D.A. 3ª.Fiscales eméritos del Tribunal Supremo.
Los Fiscales de Sala del Tribunal Supremo, una vez jubilados y a propuesta del Fiscal General del Estado, oído el Consejo Fiscal, serán designados anualmente por el Gobierno Fiscales de Sala eméritos en el Tribunal Supremo, cuando así lo soliciten, siempre que reúnan los requisitos exigidos en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para los Magistrados eméritos en el Tribunal Supremo y de acuerdo con las necesidades de refuerzo en la Fiscalía del Tribunal Supremo.
Modificaciones
- Modificación realizada (Articulo historico) por LEY ORGANICA 2/2004, de 28 de diciembre, por la que se modifica la Ley Organica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
(BOE de 29-12-2004) en vigor desde 30-12-2004 - Texto Original. Publicado el 13-01-1982 en vigor desde 30-12-2004