Da 3 Demarcación y de Planta Judicial
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»D.A. 3ª.
En la fecha en que señale el Real Decreto a que se refiere el apartado 1 del artículo 42 de la presente Ley, y oído el Consejo General del Poder Judicial, se transformarán en Juzgados de lo Penal los siguientes:
Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:
2 en Algeciras.
1 en Huesca.
1 en Gijón.
1 en Tenerife.
1 en Palencia.
1 en Segovia.
1 en Cuenca.
1 en Ciudad Real.
1 en Cáceres.
1 en Santiago de Compostela.
1 en Lugo.
1 en Vigo.
2 en Alicante.
Juzgados de Instrucción:
1 en Córdoba.
2 en Granada.
3 en Málaga.
5 en Sevilla.
Juzgados de Instrucción:
2 en Zaragoza.
2 en Palma de Mallorca.
2 en Las Palmas.
1 en Valladolid.
9 en Barcelona.
1 en La Coruña.
12 en Madrid.
1 en Murcia.
1 en Pamplona.
5 en Valencia.
3 en Bilbao.
1 en San Sebastian.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-1988 en vigor desde 19-01-1989