D.A. 26ª. Pagos a justificar para actuaciones de promoción del turismo.
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En el caso de libramientos a justificar periódicos para gastos en el extranjero, destinados a actuaciones promocionales del organismo autónomo Instituto de Turismo de España, a financiar con cargo al crédito del artículo 64 «Gastos en inversiones de carácter inmaterial», del programa 432A «Coordinación y promoción del turismo», dichas actuaciones podrán ajustarse en caso de surgir necesidades debidamente justificadas, no previstas cuando se realizó el libramiento, siempre que se respete la especialidad del crédito contra el que se efectuó el libramiento y los límites previstos en el artículo 79 de esta ley.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 26ª (se añade)) por Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
(BOE de 24-12-2022) en vigor desde 01-01-2023 - Texto Original. Publicado el 27-11-2003 en vigor desde 01-01-2023