Da 23 Ordenación del Sist...rofesional

D.A. 23ª. Matrícula excepcional a efectos de convalidación.

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D.A. 23ª. Matrícula excepcional a efectos de convalidación.

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A los únicos efectos previstos en los artículos 127.b).3.º y 128 del presente real decreto, se permitirá, excepcionalmente, la matrícula del alumnado que haya agotado el total de convocatorias legalmente reconocidas para uno o varios módulos profesionales, siempre que, mediante los módulos profesionales obtenidos por estas vías, complete el plan de estudios conducente a alguno de las titulaciones de grados D o E del Sistema de Formación Profesional. Esta posibilidad de matrícula excepcional podrá hacerse igualmente extensiva al alumnado que, en el mismo supuesto anterior, haya obtenido los módulos profesionales a través de la concurrencia a pruebas libres.