Da 22 Se modifica la LO. 6/2001, de Universidades
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»D.A. 22ª. Del Observatorio de becas y ayudas al estudio.
El Gobierno, previo acuerdo de la Conferencia General de Política Universitaria y del Consejo de Universidades, establecerá un Observatorio de becas y ayudas al estudio. El Observatorio elaborará estadísticas e informes que contribuyan a mejorar la eficiencia y transparencia del sistema de becas y ayudas universitarias. En su funcionamiento se contará con la participación de los agentes sociales y de los estudiantes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-04-2007 en vigor desde 03-05-2007