Da 21 Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.A. 21ª. Suministro de información a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Por los organismos competentes dependientes del Ministerio de Justicia e Interior, en colaboración con los correspondientes del Ministerio de Economía y Hacienda, se facilitarán a la Administración Tributaria, con la periodicidad que se determine, y siempre después de dos meses desde que acaezcan los hechos respectivos, los datos personales informatizados de todas las defunciones y matrimonios.
Los datos que se faciliten deberán contener, en todo caso, nombre y apellidos, documento nacional de identidad y domicilio.
Modificaciones
- Modificación realizada (Articulo inicial) por CORRECCION DE ERRORES DE LA LEY 42/1994, DE 30 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DE ORDEN SOCIAL.
(BOE de 16-02-1995) en vigor desde 01-01-1995 - Texto Original. Publicado el 31-12-1994 en vigor desde 01-01-1995