Da 20 Ordenación del Sistema de Formación Profesional
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.A. 20ª. Titulaciones de formación profesional de la familia profesional de Sanidad.
Los títulos de la familia profesional de Sanidad tendrán reserva de denominación y no podrán coincidir en su denominación con otros títulos o certificados de formación profesional o con títulos universitarios o de especialista en Ciencias de la salud que habiliten para el ejercicio de una profesión sanitaria, conforme a lo regulado en los artículos 2 y 3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-07-2023 en vigor desde 23-07-2023