Da 2 Relación laboral especial de minusválidos que trabajen en Centros Especiales de Empleo
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»D.A. 2ª.
Los trabajadores minusválidos comprendidos en el ámbito de aplicación definido en el artículo primero, serán beneficiarios de las prestaciones del Fondo de Garantía Salarial.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-08-1985 en vigor desde 01-10-1985