Da 2 Ley del Mercado de Valores
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»D.A. 2ª. Régimen jurídico de las emisiones de las Diputaciones Forales del País Vasco.
Las emisiones de valores realizadas por las Diputaciones Forales de la Comunidad Autónoma del País Vasco se asimilarán, a todos los efectos, y teniendo en cuenta las especiales características de las Haciendas Forales, a las emisiones realizadas por una Comunidad Autónoma.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-10-2015 en vigor desde 13-11-2015