Da 2 Ley del Impuesto sobre la renta de las personas físicas -IRPF-
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»D.A. 2ª. Retribuciones en especie.
No tendrán la consideración de retribuciones en especie los préstamos con tipo de interés inferior al legal del dinero concertados con anterioridad al 1 de enero de 1992 y cuyo principal hubiese sido puesto a disposición del prestatario también con anterioridad a dicha fecha.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-11-2006 en vigor desde 01-01-2007