Da 2 Desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional
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»D.A. 2ª. Obligaciones y responsabilidades de las empresas usuarias y de las empresas que reciban en España la prestación de servicios de los trabajadores desplazados.
Las empresas usuarias y las empresas que reciban en España la prestación de servicios de los trabajadores desplazados al amparo de lo dispuesto en la presente Ley asumirán respecto de dichos trabajadores las obligaciones y responsabilidades previstas en la legislación española para tales supuestos, con independencia del lugar en que radique la empresa de trabajo temporal o la empresa prestataria de los servicios.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-11-1999 en vigor desde 01-12-1999