Da 16 Racionalización y sostenibilidad de la Administración Local
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»D.A. 16ª. Cabildos y Consejos Insulares.
1. La aplicación de esta Ley a los Cabildos Insulares Canarios se realizará en los términos previstos en su legislación específica y con estricta sujeción a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
2. La aplicación de esta Ley a los Consejos Insulares de las Illes Balears se realizará en los términos previstos en su legislación específica y con estricta sujeción a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2013 en vigor desde 31-12-2013