Da 16 Apoyo a los emprendedores y su internacionalización
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»D.A. 16ª. Actividad desarrollada en clubs y entidades deportivas sin ánimo de lucro.
En el plazo de 4 meses desde la aprobación de la presente Ley el Gobierno procederá a realizar un estudio de la naturaleza de la relación jurídica y, en su caso, encuadramiento en el campo de aplicación de la Seguridad Social de la actividad desarrollada en clubs y entidades deportivas sin ánimo de lucro que pueda considerarse marginal y no constitutivo de medio fundamental de vida.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-09-2013 en vigor desde 29-09-2013